Durante la sesión del pasado miércoles, el HCD convalidó el decreto mediante el cual se adhiere a la resolución emanada por Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Salud, mediante la cual se determina el “Pase Libre COVID”.
De esta manera, el mismo se establece como requisito para asistir a aquellas actividades realizadas que representan mayor riesgo epidemiológico.
El “Pase Libre COVID” consistirá en la acreditación, por parte de todas las personas mayores de trece años, de al menos dos dosis de la vacuna contra la COVID-19, aplicadas por los menos catorce días antes, ya sea mediante APP “VacunaPBA”, App “Mi Argentina” o el carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta.
A los fines de la presenta medida, se deberá contar con el “PASE Libre Covid” para la realización de las siguientes actividades;
I.- Actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas en espacios cerrados; centros culturales gimnasios, cines, eventos deportivos que signifique aglomeración de personas; salones de fiestas y boliches fiesta, casamientos, actos y reuniones con gran participación de personas; bares y restaurantes.
II.-Realización de trámites presenciales ante organismos públicos provinciales y/o municipales.
III.-Tramites presenciales ante entidades privados, cuando impliquen aglomeramiento de personas.
IV.-Trabajadores que realicen atención al público, ya sea de entidades públicas o privadas. –


